Oficina De Conciliación y Arbitraje
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CAMARATRU - OFICINA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

El Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, le brinda los Servicios de Conciliación y Arbitraje, con la experiencia y prestigio que caracteriza al staff de profesionales de esta institución, en el que garantizamos total confidencialidad, rapidez, economía e imparcialidad en la solución de sus conflictos laborales, comerciales, civiles, etc. con las más avanzadas técnicas de negociación.


Nuestro Centro responde a las exigencias de ética y valores de nuestros usuarios y su fin último es brindar soluciones óptimas y oportunas para contribuir a la construcción de una Cultura de Paz Social.


En ese marco nuestro lemas es: Construimos la paz social.

 

1.- CONCILIACION

2.- ARBITRAJE

 

Mayor información en los teléfonos 044-231114 ó 044-607700  Anexo 42.

 

Horario de Atención

 Lunes a Viernes

                   De 09:00 a.m. a 01:00 p.m.
                   De 04:00 p.m. a 08:00 p.m.

 Sábados, para su comodidad

                   De 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

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CAMARATRU - OFICINA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

 

 

 

 

 

LA CONCILIACION

La conciliación es el servicio que la Cámara pone a su disposición a fin de facilitarle un medio de resolución de conflictos que le ayude a encontrar una solución, rápida y económica a las controversias surgidas en el ámbito comercial, empresarial, legal, familiar, etc.; favoreciendo y satisfaciendo sus intereses y los de la otra parte.

Las ventajas que ofrece la conciliación a diferencia de los procesos judiciales son las siguientes:

Es confiable;
se desarrolla en un marco de absoluta reserva y confiabilidad.
Es rápida; en una sola audiencia puede usted llegar a solucionar la controversia surgida.
Es económica, esto se debe a que la solución es rápida y oportuna, permite obviar los trámites engorrosos, costos y formalismo del Poder Judicial.
Es efectiva, por que los acuerdos equivalen una sentencia emitida por el poder Judicial y de no cumplirse el juez puede ordenar su cumplimiento.

 

El Centro de Conciliación

La entidad encargada de brindarle este servicio es el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial al cual podrá acudir independientemente o conjuntamente con la otra parte presentando una solicitud verbal o escrita cuyo formato se le facilitará en la Secretaría General del centro. Ésta se encargará de designar al conciliador y fijar día y hora de la audiencia de conciliación dentro del plazo máximo de 30 días.

 

Temas materia de Conciliación

Usted puede conciliar en materia que versen sobre derechos patrimoniales y de libre disposición como por ejemplo: Contratos de arrendamiento, compraventa, préstamo, indemnización, etc. Y en caso de temas familiares podrá conciliar sólo aquellas referidas a Alimentos, Régimen de visitas y Violencia Familiar.

El costo del procedimiento está supeditado a la cuantía que resulte de la aplicación de la tabla de aranceles, lo cual es comparativamente menor a los gastos en los que podría incurrir si opta por solucionar el conflicto en el Poder Judicial. Si las partes se presentan simultáneamente, cada una pagará el 50% del total de los gastos administrativos.

 

Contamos con una nómina de destacados profesionales en cada una de las áreas de especialización, brindándole experiencia y conocimientos en bien de la búsqueda de una verdadera solución al conflicto, basados en un reglamento de ética.

 

Click aquí para ver Formato C

 

 Click aquí para ver Formato D

 

Click aquí para ver Nómina de Conciliadores

 

Click aquí para ver Reglamento de Conciliación

 

TARIFAS DE CONCILIACION  

 

Mayor información sobre nuestras tarifas con la Dra. Liliana Carolina Cabrera Moncada, teléfonos 044-231114 ó 044-607700  Anexo 42.

 

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¿ Qué conflictos o problemas se pueden conciliar ?

Problemas derivados de:
- Desalojo

- Obligación de dar suma de dinero

- Obligación de hacer y no hacer

- Mejor derecho de posesión

- Mejor derecho de propiedad

- Reivindicación

- Pago de alquiler

- Interdictos

- Indemnización por daños y perjuicios

- Convocatorias a Junta o Asamblea

- Ventas de acciones con derecho preferencial

- Disolución de contrato

- Rescisión de contratos

- Incumplimiento de contratos

- División y partición de bienes

- Rectificación de áreas y linderos

- Otorgamiento de escritura pública

- Problemas vecinales; y todos aquellos conflictos que versen sobre materias patrimoniales y disponibles.

 

Proceso de conciliación en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad:

 

1. Si es solicitada por una parte y hay asistencia de ambas partes: 

 

Dentro de 24 horas
 Dentro de 5 dias
Solicitud=>Designacion del conciliador=>Invitaciones=>Audiencia

 

2. Si es solicitada por ambas partes:

Dentro de 24 horas
Solicitud=> Audiencia


3. Si es solicitada por una parte y hay inasistencia de una de las partes:

Dentro de 24 horas
 Dentro de 5 dias  Dentro de 5 dias
Solicitud=>Designacion del conciliador=>Invitaciones=>1ra Sesión=>2da Sesión

 

Acta de Conciliación:

Es el documento que contiene la voluntad de las partes con respecto a la solución del conflicto sometido al procedimiento de conciliación. Tiene el valor legal de una sentencia judicial, es decir, si una de las partes no cumple con lo acordado en el acta, la parte perjudicada puede pedir al órgano jurisdiccional su inmediata ejecución.

 

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EL ARBITRAJE

El arbitraje empresarial, es un procedimiento en mérito del cual personas especializadas, acreditadas como árbitros, de manera imparcial expiden laudos solucionando las controversias que puedan suscitarse en el ámbito de las relaciones contractuales.

La búsqueda de un arreglo a los conflictos comerciales mediante el arbitraje, constituye en la práctica, una alternativa rápida y económica para usted y su empresa, en comparación con los servicios que pueda brindarle el Poder Judicial.

El Arbitraje es sinónimo de: Celeridad, Economía, Reserva, Especialidad, Sin formalismo, Efectividad, Equidad.

 

¿ Cómo acceder al Arbitraje ?

Usted o su empresa puede recurrir al Centro de Conciliación y Arbitraje, presentando una solicitud dirigida a la Secretaría General del Centro, que se encarga de administrar el servicio.

 

Comisión de Arbitraje

Esta comisión, que goza de total autonomía, se encarga de la dirección y administración del centro en asuntos de arbitraje y está conformada por personas que cuentan con gran solvencia moral en la comunidad, con conocimientos especializados en determinados campos de la actividad empresarial, con aptitudes idóneas para administrar justicia. Estas aptitudes son estrictamente evaluadas por el Consejo Directivo de la Cámara para su designación.

La constituyen un número impar de árbitros, pudiendo estar conformada por un solo árbitro de acuerdo al convenio arribado por las partes. Las partes tienen la posibilidad de elegir como árbitro a cualquier otra persona especializada.

La Cámara pone a su disposición una nómina de destacados profesionales en cada una de las áreas de especialización, brindándole experiencia y conocimientos en bien de la búsqueda de una verdadera solución al conflicto, basados en un reglamento de ética.

 

Click aquí para ver Nómina de Arbitros

 

 

Convenio Arbitral

Para utilizar el servicio de Arbitraje usted deberá celebrar un convenio arbitral que puede estar incluido como una cláusula dentro de sus contratos o en un acuerdo independiente como se detalla a continuación:

EN CONTRATOS PRIVADOS:
“CLAUSULA DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS.-“Las partes contratantes acuerdan que cualquier litigio o controversia, que pudieran derivarse de este contrato, inclusive las referentes a la  rescisión, resolución, nulidad o invalidez del mismo, serán resueltas por arbitraje de derecho, de conformidad con los reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio de La Libertad, al que se someten las partes.”

 
EN CONTRATOS BAJO LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO: (D. Leg. Nº 1017 y su reglamento D.S. 184-2008-EF)
“CLAUSULA DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS.-Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado, bajo la administración del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio de La Libertad, al que se someten las partes.

El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante cualquier instancia administrativa o ante el Poder Judicial.” .

 

Clic aquí para ver Reglamento Procesal Arbitral anterior (Ley Nº 26572)

 

Clic aquí para ver Nuevo Reglamento Procesal de Arbitraje (D.Leg. 1071)

 

TARIFAS DE ARBITRAJE  

 

Mayor información sobre nuestras tarifas con la Dra. Liliana Carolina Cabrera Moncada, teléfonos 044-231114, ó 044-607700 Anexo 42.

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