Más de 100 mil personas ya presentaron su declaración anual de renta 2020

 

  • Formulario Virtual N° 709 disponible desde el 15 de febrero puede completarse desde el celular con el APP Personas o mediante el portal de SUNAT1.

 

sunatweb

 

Más de 100 mil personas naturales ya cumplieron con presentar de manera anticipada la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, vía Internet, mediante el APP Personas o SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), desde el lunes 15 de febrero, fecha en la que se habilitó ese trámite.

 

Aproximadamente, unas 600 mil personas deben presentar este año su declaración de impuestos, utilizando el Formulario Virtual 709 disponible en la citada aplicación y en la web de SUNAT.

 

Para efectuar la declaración mediante el APP Personas, se debe descargar o actualizar ese aplicativo en las tiendas virtuales de Google Play y App Store. Una vez presentada la declaración, las personas podrán solicitar su devolución, si tiene saldo a favor; o de lo contrario pagar o fraccionar su deuda. Todas esas opciones tienen flujos simples e intuitivos para una mejor usabilidad.

 

Del total de declaraciones presentadas a la fecha por las personas naturales, más de 53 mil solicitaron la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta por un monto cercano a los S/ 90 millones.

 

Como todos los años, la SUNAT puso a disposición de las personas el archivo personalizado, que contiene información referencial de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF que puede ser verificado, completado o modificado, de corresponder, para poder presentar la declaración, simplificando todo el proceso.

 

En el caso de las personas que percibieron Rentas de Cuarta o de Cuarta y Quinta Categorías, es decir, profesionales independiente o dependientes en planilla, se remitió a su buzón electrónico, el Reporte de Saldo a Favor, documento virtual que detalla la devolución que le corresponde y que puede solicitar “en línea” luego de presentar la declaración.

 

Este Reporte fue enviado a más de 250 mil personas se caracteriza por tener un diseño y contenido amigable y sencillo, que consigna de manera desagregada los ingresos obtenidos durante el año 2020, las retenciones y pagos a cuenta efectuados, el impuesto determinado, y el saldo a favor que será devuelto.

 

Gerencia de Comunicaciones

 

¿Quiénes deben presentar la declaración?

 

  • Las personas naturales que hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
  • Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría, entre otros.
  • Los que determinen un saldo por pagar.

 

La SUNAT recomienda no esperar el cronograma final, del 25 de marzo al 12 de abril, según el último dígito del RUC, para efectuar la declaración. Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.

 

[1] Nota elaborada por Sunat.

Read 987 times
Rate this item
(0 votes)