Control previo de concentraciones empresariales en el Perú

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Por: Luis Enrique Hoyos Quiroz1

  

Base Legal:

 

-Ley Nº 31112 – Ley de Control de Concentraciones - Decreto Supremo Nº 039-2021-PCM.

 

¿Cómo nace el control previo de concentraciones empresariales?

 

Aquella situación donde dos o más empresas mediante un acto u operación transfieren o cambian el control de una empresa o parte de esta, con la finalidad de ampliar su capacidad y poder de mercado. Lo cual en muchos casos es perjudicial para el consumidor, dado que al poseer mayor cuota de mercado una empresa frente a otras generaría una posible posición de dominio, generando efectos negativos en el mercado. Ante este problema, es que formuló la Ley de Control de Concentraciones, para realizar un control previo de operaciones de concentración empresarial, buscando promover la competencia efectiva y eficiencia económica del mercado, generando un bienestar en los consumidores.

 

¿Cuál es el ámbito de aplicación?

 

La presente Ley N.º 31112 se aplicará a los actos de concentración empresarial conforme a los umbrales establecidos en dicha ley, bastando que produzca efectos en todo o en parte del territorio nacional. Asimismo, los actos de concentración celebrados en el extranjero son objeto de aplicación cuando se vincule agentes económicos que desarrollan actividades económicas en el país. Además, es de aplicación a los agentes económicos que oferten o demanden bienes o servicios en el mercado y realicen actos de concentración que produzcan real y potencialmente efectos anticompetitivos en todo o en parte de nuestro país.

 

¿Qué operaciones están sometidas a control previo?

 

La ley Nº 31112 en su artículo 5º indica que operaciones son materia de análisis, siendo estas:

 

a) Una fusión de dos o más agentes económicos, los cuales eran independientes antes de la operación, cualquiera que sea la forma de organización societaria de las entidades que se fusionan o de la entidad resultante de la fusión.

 

b) La adquisición por parte de uno o más agentes económicos, directa o indirectamente, de derechos que le permitan, en forma individual o conjunta, ejercer el control sobre la totalidad o parte de uno o varios agentes económicos.

 

c) La constitución por dos o más agentes económicos independientes entre sí de una empresa en común, joint venture o cualquier otra modalidad contractual análoga que implique la adquisición de control conjunto sobre uno o varios agentes económicos, de tal forma que dicho agente económico desempeñe de forma las funciones de una entidad económica autónoma.

 

d) La adquisición por un agente económico del control directo o indirecto, por cualquier medio, de activos productivos operativos de otro u otros agentes económicos.

 

¿Cuáles son los umbrales?

 

La ley indica los umbrales que se debe tener en cuenta para que una operación de concentración empresarial deba ser notificada a la autoridad competente, los cuáles son:

 

Umbral conjunto:

 

La suma total del valor de las ventas o ingresos brutos anuales o valor de activos en el país de las empresas involucradas en la operación de concentración empresarial haya alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique la operación, un valor igual o superior a ciento dieciocho mil (118 000) unidades impositivas tributarias (UIT).

 

Umbral Individual:

 

El valor de las ventas o ingresos brutos anuales o valor de activos en el país de al menos dos de las empresas involucradas en la operación de concentración empresarial hayan alcanzado, durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique la operación, un valor igual o superior a dieciocho mil (18 000) unidades impositivas tributarias (UIT) cada una. Para realizar este análisis de los umbrales se puede basar en el valor de sus ingresos o de sus activos, siendo que este factor a emplear será el mismo tanto para calcular el umbral conjunto como el individual. En conclusión, para notificar una operación de concentración empresarial, al evaluar en conjunto a las empresas a realizar la concentración el valor de sus ingresos o de sus activos debe igual o superior a 118 000 UIT; mientras para hacer la evaluación individual, se analiza si cada una de por lo menos dos de las empresas involucradas en la concentración tienen un valor de sus ingresos o de sus activos igual o superior a 18 000 UIT.

 

¿Por qué es importante conocer el Control Previo de Operaciones de Concentración?

 

La importancia radica en conocer cuando una empresa que realiza una operación de concentración debe a través de una solicitud informar a la autoridad competente respecto de esta, con la finalidad de evitar cometer una infracción que genere un procedimiento administrativo sancionador. Adicional a ello, indicar que el Control Previo de Operaciones busca promover la competencia efectiva y la eficiencia económica en el mercado, para así evitar que el consumidor sufra los efectos negativos de la celebración de una concentración empresarial.

 

[1] Abogado del Área administrativa del Estudio Avizor Legal.

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