¿Cuál es la relación entre la distribución de funciones en la empresa y la responsabilidad penal?

  • Las empresas que tienen como objetivo tener éxito en el largo plazo deben tener un organigrama definido y una correcta distribución de funciones para el personal, a fin de transmitir seguridad jurídica, confianza y tranquilidad a sus colaboradores


 

 

 

  Por:  Raúl More [1]

 

¿Cuáles son los antecedentes?

 

En la actualidad, el Derecho Penal Económico, debe hacer frente a nuevos y complejos problemas, en especial, a los delitos cometidos a través de estructuras organizadas complejas como la empresa, la misma que se rige por los principios de división funcional del trabajo y de jerarquía. La empresa como fenómeno jurídico implica una fusión de dos componentes esenciales, capital (componente económico) y trabajo (componente humano). El desarrollo de sus actividades económicas, en una sociedad basada en un modelo de mercado, requiere de estructuras especializadas y cada vez más sofisticadas que le permitan afrontar escenarios de competencia comercial. Ello lleva a estos entes colectivos a asumir modelos de calidad y eficiencia que parte, desde la perspectiva del factor humano, a contar, no sólo con personal especializado, sino a establecer organizaciones estructuradas con clara distribución de funciones, roles y responsabilidades, de acuerdo a las competencias propias de cada miembro del ente colectivo.

 

Importancia de la diversificación de las funciones en la empresa

 

Esta diversificación funcional, en la medida que se halle adecuadamente diferenciada y estructurada, va a permitir, ante la ocurrencia de un contexto criminal al interior de la empresa, poder identificar a los presuntos responsables, al no haber ejercido adecuadamente el rol atribuido funcionalmente. Y ello, además, permitirá que el proceso de selección de la persona responsable responda a criterios objetivos (organigrama, estatuto, reglamentos o manuales de operaciones y funciones, etc.)

 

Más eficiencia productiva

 

Al distribuir orgánica y estructuradamente las funciones entre el personal de la empresa, de acuerdo a criterios de especialidad, no sólo genera un marcado factor de eficiencia productiva, desde la perspectiva empresarial, sino que se convierte en un factor de eficiencia personal de cada miembro de dicho entorno, por cuanto éste se abocará única y exclusivamente a desarrollar la actividad y el rol funcionalmente asignado, en la absoluta convicción de que los demás miembros del personal de la empresa, cumplirán adecuadamente con el suyo.

 

Desde esta perspectiva, se incorpora dentro del contexto empresarial el concepto de autorresponsabilidad, que se traduce en que cada miembro del personal de la empresa es responsable únicamente de su ámbito funcional y de los riesgos que se creen en él Sin embargo, es bien sabido que, pese a que una empresa esté organizada, pueden ocurrir actividades fraudulentas dentro de esta, ya que dichas actividades no tienen una causa exacta, configurando, de este modo, situaciones que pueden ocurrir en virtud de diferentes circunstancias.

 

En esa misma línea, es importante recalcar que, uno de los elementos del tipo penal es la imputación objetiva, que constituye un factor de atribución de responsabilidad penal que parte de verificar si la conducta incurrida ha creado un riesgo prohibido o aumentado un riesgo permitido, de allí, se deduce inmediatamente que, si la conducta se encuentra dentro del ámbito del riesgo legalmente permitido, ésta no tendrá relevancia penal. Adicionalmente a ello, debemos precisar que ha ido incorporándose dogmáticamente, una serie de supuestos que permiten fracturar la relación de imputación objetiva, y con ello generar la atipicidad de la conducta, por más que esta, desde la perspectiva causal naturalística, sea la "causa" del resultado lesivo, en el supuesto de delitos de resultado.

 

Supuestos de fractura de la relación de imputación objetiva

 

Entre los supuestos de fractura de la relación de imputación objetiva podemos citar las siguientes: 

 

Entonces, en el escenario que una persona haya incurrido en una conducta que se enmarque dentro del riesgo permitido, o conforme a la función empresarialmente asignada, estaremos frente a una conducta neutral, es decir sin relevancia penal, por más que desde la perspectiva naturalista haya causado un resultado típico.

 

Conclusiones:

 

  • El desarrollo de las actividades económicas genera que los colectivos empresariales asuman modelos de alta calidad y eficiencia, a fin de establecer organizaciones estructuradas.
  • En ese sentido, las empresas se ordenan a partir de criterios como el de jerarquía, atribución de competencia, delegación de funciones, coordinación, división de trabajo, etc. Ello permite que, al distribuir de forma orgánica y estructuradamente las funciones del personal, genere individualizar correctamente al autor del presunto hecho delictivo.
  • Asimismo, es importante señalar que la imputación objetiva es un factor de atribución de responsabilidad penal que se suele discutir a nivel de la tipicidad, y que parte de verificar si la conducta desplegada ha creado un riesgo prohibido o aumentando un riesgo permitido.
  • Por ello, si la conducta realizada por una persona de acuerdo a la función empresarialmente asignada, se encuentra dentro de los supuestos de fractura de la relación de imputación objetiva, es decir, del ámbito del riesgo legalmente permitido, ésta no tendrá relevancia penal.

 

Recomendaciones:

 

  • Las empresas que tienen como objetivo tener éxito en el largo plazo deben tener un organigrama definido y una correcta distribución de funciones para el personal, de modo que, pueda transmitir seguridad jurídica, confianza y tranquilidad a los terceros.
  • Finalmente, es importante que las empresas cuenten con un asesoramiento jurídico especializado.

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[1] Coordinador del Área de Derecho Penal

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